Diputación de Badajoz

Información sobre Protección de datos

Responsable del tratamiento: Diputación Provincial de Badajoz

c/ Obispo San Juan de Rivera, 6 - 06071 - Badajoz
Teléfono: 924 212 400
Email: oac@dip-badajoz.es

 

Delegado de Protección de Datos: J. Enrique Vión Pérez

Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Teléfono: 924 212 237
Email: dpd@dip-badajoz.es

 

Autoridad de Control

Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)

C/ Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID

 

Finalidad del tratamiento: Servicio de atención telemática de la Oficina de Atención a Alcaldes y Alcaldesas de la Diputación de Badajoz.

Base jurídica del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Destinatarios de cesiones o transferencias: No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.

Derechos de los afectados : • Derecho de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos. • Derechos de limitación u oposición al tratamiento. • Derecho a reclamar ante la autoridad de control.

Información adicional: http://www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php

La persona interesada autoriza el tratamiento de sus datos de carácter personal con la única y exclusiva finalidad de gestionar y realizar las actuaciones derivadas de la finalidad anteriormente indicada.

Asimismo, la persona interesada queda informada sobre la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, oposición, sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal frente a la Excelentísima Diputación Provincial de Badajoz. c/ Felipe Checa, 23 - 06071 Badajoz.

Igualmente, la Diputación de Badajoz le informa que se han adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.

 
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Catálogo de servicios y ayudas a Municipios.

(nuevo) ASESORAMIENTO TÉCNICO URBANÍSTICO CONTINUADO (Convenio de Encomienda de Gestión)

Centro Gestor: INFRAESTRUCTURAS, MOVILIDAD Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO - Vivienda y Asistencia Municipal

La Asistencia Técnica Urbanística Continuada (ATUC) presta apoyo técnico a los ayuntamientos adheridos para el ejercicio del control urbanístico municipal. La Diputación Provincial de Badajoz asigna un Arquitecto Técnico para elaborar los informes técnicos necesarios en los expedientes que requieran comprobación o pronunciamiento urbanístico.

El servicio atiende actuaciones relacionadas con el uso y transformación del suelo y subsuelo; obras de construcción, edificación e implantación de instalaciones; implantación y modificación de usos; divisiones del suelo, edificaciones e instalaciones; y modificaciones de las situaciones anteriores. Los informes se elaboran dentro de la tramitación municipal y sirven de apoyo para que el ayuntamiento adopte las resoluciones que le correspondan.

Está dirigido especialmente a municipios con menor capacidad económica y de gestión que necesitan contar de forma continuada con apoyo técnico especializado. La asistencia se formaliza mediante convenio de encomienda de gestión con vigencia 2026–2030, sin alterar las competencias ni la responsabilidad de decisión del ayuntamiento.

 

RELACIÓN DE ACTUACIONES INCLUIDAS                                                 

  • Control Administrativo.
    • Uso y transformación del suelo y del subsuelo.
    • Obras de construcción, edificación e implantación de instalaciones.
    • Implantación de usos en construcciones, edificaciones e instalaciones.
    • Divisiones del suelo, de edificaciones y de instalaciones.
    • Modificaciones, de cualquier alcance, de las actuaciones anteriores.
    • Emisión de informes técnicos urbanísticos necesarios para la tramitación municipal de estos expedientes.
  • Informes de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus reglamentos de competencia municipal.
  • Informes sobre otras actividades de naturaleza urbanística.
  • Informes de naturaleza urbanística reglados en la normativa sectorial.
  • Cumplimiento del derecho de acceso a la información territorial y urbanística de los ciudadanos.
  • Otros informes para las entidades adheridas a convenios con el OAPLU RESTAURA.

 

PROCEDIMIENTO DE ADHESIÓN A LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN ATUC  

  1. Revisar el modelo de convenio ATUC 2026–2030 y las condiciones de la encomienda.
  2. Llevar la propuesta al órgano municipal competente para aprobar la adhesión y autorizar la firma del convenio.
  3. Remitir a la Diputación la solicitud (Sede Electrónica) y Certificado Emitido por el Secretario/a de la entidad acreditativo del acuerdo adoptado por el órgano plenario.
  4. La Diputación revisa la documentación y tramita el expediente de adhesión.
  5. Propuesta al Pleno de la Diputación de Badajoz para su aceptación.
  6. Formalización y firmar el convenio de encomienda de gestión por las partes.
  7. Tras la formalización, el ayuntamiento podrá remitir los expedientes urbanísticos para recibir la asistencia técnica continuada.

CRITERIOS BÁSICOS PARA LA ASISTENCIA                                              

  • Dirigida a ayuntamientos y entidades locales de la provincia de Badajoz, especialmente con menor capacidad técnica, económica o de gestión.
  • Requiere solicitud de aceptación y acuerdo del órgano municipal competente.
  • Se formaliza mediante convenio de encomienda de gestión ATUC para 2026–2030.
  • La Diputación presta apoyo técnico continuado mediante personal técnico asignado.
  • La asistencia se limita a informes y actuaciones de control urbanístico.
  • El ayuntamiento mantiene sus competencias y adopta las resoluciones correspondientes.
  • La atención se realiza sobre expedientes municipales relacionados con actuaciones urbanísticas sujetas a control administrativo.

 

PRESTACIÓN DEL SERVICIO                                                                         

  1. El ayuntamiento aprueba la adhesión al servicio y presenta la solicitud de aceptación de la encomienda.
  2. La Diputación revisa la solicitud y tramita la formalización del convenio ATUC 2026–2030.
  3. Una vez firmado el convenio, se asigna el personal técnico de referencia para el municipio.
  4. El ayuntamiento remite los expedientes urbanísticos que requieren informe técnico, con la documentación necesaria.
  5. El personal técnico analiza el expediente, realiza las comprobaciones que procedan y emite el informe técnico urbanístico.
  6. El informe se incorpora al expediente municipal y se remite al ayuntamiento para que continúe su tramitación y adopte la resolución que corresponda.
  7. La asistencia se mantiene durante la vigencia del convenio para los expedientes que el municipio vaya presentando.

 

  • Ser un ayuntamiento o entidad local de la provincia de Badajoz.
  • Adoptar un acuerdo del órgano municipal competente para solicitar la encomienda y autorizar la firma del convenio.
  • Presentar la solicitud de aceptación de la encomienda debidamente cumplimentada y firmada.
  • Aceptar las condiciones del convenio ATUC 2026–2030.
  • Remitir la documentación municipal que se requiera para formalizar el expediente.

Plazo de solicitud: Permanentemente abierto

  • Resolución de aprobación del modelo normalizado de <<Convenio de encomienda de gestión a la Excma. Diutación de Badajoz de asesoramiento técnico urbanístico continuado>>
  • Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura (LOTUS), especialmente su artículo 143.1 sobre actuaciones sujetas a control administrativo urbanístico.
  • Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la LOTUS. 
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, artículo 36.1.b), que atribuye a las diputaciones la asistencia y cooperación técnica a los municipios. 
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, artículo 11, sobre encomiendas de gestión. BOE
  • Convenio de encomienda de gestión para la prestación de la Asistencia Técnica Urbanística Continuada (ATUC), periodo 2026–2030.

 

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